DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y
Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:
Con Lugar la apelación, alegada por la ciudadana María José Muñoz Torrealba,
debidamente asistida por el abogado Argenis Valerio Pérez León, en fecha 04 agosto
del 2022. SEGUNDO: Se Reponer el presente cuaderno de medidas, al estado de
que el Juez A-quo, garantice el derecho a la defensa, dejando transcurrir los dos (2)
días que no se dejo transcurrir del lapso de oposición, previsto en el artículo 602 de
la norma procesal. TERCERO: Se Revoca el auto dictado en fecha 01 de agosto del
año en curso por el Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil del
Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial y se tome el lapso de oposición
desde que fue agregada la medida practicada, así como garantizar lo previsto en el
artícul.....