Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por el ciudadano Edgar Bello Coronado contra la ciudadana Dilcia Carolina García Blanco ampliamente identificados supra., en consecuencia se disuelve el vinculo conyugal que los unió , a partir de la publicación de esta decisión .
Segundo: sobre las instituciones familiares que regirán respecto de los hijos ......................... queda establecido que la Patria potestad seguirá siendo ejercida por ambos progenitores , así como la responsabilidad de crianza, sobre las demás instituciones se ratifican los acuerdos homologados en fase de mediación.
Tercero Sobre los bienes habidos en comunidad conyugal, se ordena la liquidación de la comunidad conyugal de bienes, se deja expresa constancia de la manifestación de voluntad del demandante de transferir a sus dos hijos, su cuota parte que le .....