IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JEAN CARLOS GIL PEÑA, ANGÉLICA DEL CARMEN GIL PEÑA; OSBEIRA MARÍA GIL PEÑA; MARBELYS GIL PEÑA, MARIELA DEL CARMEN GIL PEÑA; JOSÉ MARCELINO GIL PEÑA; LUIS ALBERTO GIL PEÑA; RAMÓN JOSÉ GIL PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.058.253, V-12.237.938; V-12.010.307, V-13.227.751; V-14.614.319; V-14.614.317; V-19.260.700; y V-21.058.222, respectivamente, en su carácter de hijos legítimos del De Cujus Julia María Peña de Gil (+), quien en vida fuera venezolana, titular de.....