Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado en fecha diez (10) de julio de 2013, por la Abogada HORTENCIA JAQUELINE APONTE, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada Ciudadanas CARMEN ALIDA YUSTI y CARMEN ELENA DA SILVA YUSTI, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha ocho (08) de julio de 2013. ASI SE DECIDE. Dada la naturaleza de esta decisión no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.