III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Massiel Coromoto Rodríguez Galíndez, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 12 de marzo de 2015, proferida por el tribunal de la causa. Segundo: CONFIRMA, la decisión de fecha 12 de marzo de 2015, dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la demanda por Resolución de Contrato, interpuesta por la ciudadana Marian Deiyielen Peraza Licón, contra los ciudadanos Maritza del Carmen Lago Henríquez y Jorge Enrique Martínez Moreno. Tercero: Se condena en costas a la parte accionante del presente recurso .....