Con fundamento en las razones expuestas, esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero : Con lugar la demanda de divorcio presentada por José Miguel Mendoza Pinto , venezolano , mayor de edad , titular de la cédula de identidad Nº 15.298.614, contra Jennifer Thais Pinto Segura , venezolana , mayor de edad , titular de la cédula de identidad Nº 18.850.591 y en consecuencia se disuelve el vinculo matrimonial que los unía , a partir de la publicación de la presente decisión
Segundo se ratifican los acuerdos celebrados entre los progenitores sobre la Responsabilidad de crianza , régimen de convivencia familiar y obligación de manutención de los progenitores respecto de su hijo (Se omite nombre) . Se advierte que las estipulaciones sobre instituciones familiares establecidas están sujetas a revisión judicial cuando hayan cambiado las condiciones existentes para el momento de la decisión.