IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a losciudadanos LORENZA MANZABEL DE AVANCINE,DAVID RAFAEL AVANCINE MANZABEL Y LOREAMNY DEL VALLE AVANCINE MANZABEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NrosV-3.691.117, V-12.364.965 y V- 15.627.693respectivamente,en la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS con vocación hereditaria sobre el acervo de los bienes del fallecidoDAVID ANTONIO AVANCINE CORDERO (+), venezolano, mayor de edad,quien en vida fuera titular de la cédula de identidad NºV-3.690.707.
.....