En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la demanda interpuesta por el apoderado judicial Abogado JESUS ALFREDO ROMERO MEJIAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 142.655, en representación del ciudadano JOSE GREGORIO SULBARAN OLAIZOLA, titular de la cedula de identidad Nº V-13.970.447, contra de la entidad de trabajo KAYSON COMPANY DE VENEZUELA S.A.
No hay condenatoria en costas.