Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con lugar la demanda de Fijación de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Amarilis Exiomara Blanco Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.018.032, contra el ciudadano Víctor Daniel Bello Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.767.872, a favor de la adolescente se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, de catorce (14) años de edad. Así se decide.
Segundo: Se fija la Obligación de Manutención en los términos antes establecidos. Los montos establecidos deben ser retenidos por el agente de retención y depositados en la cuenta de ahorro Nº 1750348110060939839, del banco Bicentenario, a nombre de la ciudadana Amarilis Blanco Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.018.032. Queda establecido que los demás .....