Oída la exposición del Abogado Simón Franco Ortega en cuanto a las excepciones opuestas, la exposición de la fiscal del Ministerio Público y del ciudadano Joseph Tanguy, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: En primer lugar, En cuanto a la Excepción opuesta por el Abogado Simon Franco y la solicitud hecha por la fiscal del ministerio de que reviste carácter penal el hecho punible y que el ciudadano Joseph Tangy si tiene la condición de víctima considera este Tribunal que es procedente la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público por cuanto según documentación presentada por el ciudadano Tanguy se observa la cualidad de propietario en consecuencia de victima. En consecuencia se Declara Sin Lugar las excepciones opuestas pro el Abogado Simon Franco Ortega. En relación a la solicitud del Abogado Simon Franco Or.....