-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda de Partición, presentado por el Ciudadano Jesús Manuel Darias Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.271.086, asistido por los Abogados Gegdiel José Castellanos Burgos, Elizabeth Lucena y José Ramón Salas, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-11.402.121, V-8.098.108 y V-11.543.557, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 143.757, 134.483 y 134.201 respectivamente, en contra del Ciudadano Pedro Carlos Darias Mendoza, titular de la cédula de identidad Nº V-12.169.988, de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por no haber sido subsanada en el tiempo establecido. Así se decide. SEGUNDO: No hay cond.....