-IV-
DECISIÓN
En consecuencia y con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, al observar que existe un Falso Supuesto de Derecho, en el cuál no encuadra lo solicitado, y por ser contrario a derecho, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar del inmueble ubicado en la Calle Páez entre Miranda y Silva, signada con el Nº 11-66 de San Carlos, estado Cojedes, identificado con el número catastral constante de setecientos cincuenta y dos metros cuadrados (752 m2), bajo los siguientes linderos y medidas, NORTE: Calle Páez que es su frente con una longitud de cinco con veintisiete metros cuadrados (5,27m2); SUR: Propiedad de Hanna Basil con una longitud de cinco c.....