En orden a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano: PEDRO ANTONIO SALAZAR OLIVO, titular de la cédula de identidad N°. V- 8.672.694, contra la empresa, ACEROS LAMINADOS, C.A.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.