En fuerza de los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el Abogado JOSE COLMENARES CHIRINOS en representación de la denominada SUCESIÓN YAUCA CORDERO, contra las Sociedades Mercantiles AGROPECUARIA EL ROQUE, AGROPECUARIA LA CALDERA y AGROPECUARIA LA MORITA., por ser contraria al orden público, en conformidad con lo establecido en los artículos 341 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los quince (15) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la F.....