HOMOLOGA el acuerdo relativo a la fijación de obligación de manutención; la cual fué acordada en los términos siguientes: 1) Por concepto de obligación de manutención la cantidad de Cuatro Bolívares (Bs. 4000,00) mensual, los cuales serán entregados a la progenitora de sus hijos la cantidad de Un Mil Bolívares (Bs. 1000,00) semanales los días sábados de cada mes, depositados en una cuenta bancaria a nombre de la progenitora la cual se compromete aperturar. 2) En lo que respecta a consulta médica y medicinas, serán cubiertos entre los dos en partes iguales, cada uno en un 50%. 3) En cuanto a gastos de uniformes y útiles escolares, propone sea de manera alternado, es decir este año se compromete a comprar los uniformes escolares y madre sufragar los útiles escolares alternándose en los años siguientes adicionalmente para los demás conceptos vinculados a la educación de los niños, deberán ser cubiertos entre los dos en partes iguales, es decir cada uno en un cincuenta por ciento (50%). .....