Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, DAÑOS MATERIALES Y LUCRO CESANTE, DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoara la ciudadana BEATRIZ ESMERALDA MANZO, titular de la cedula de identidad N° V-11.964.028, representada mediante su apoderada judicial HORTENCIA JAQUELINE APONTE, titular de la cédula de identidad Nº V-7.563.037 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 32.339, contra la ciudadana MIRIAM SÁNCHEZ LIZARAZO, titular de la cédula de identidad N° V-15.767.778, y la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE SEGUROS LA PREVISORA, inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de marzo de 1914, bajo el Nº 296, en su carácter de Aseguradora. SEGUNDO: Se ordena a la parte perdidosa la indemnización de los Daños Materiales causados al vehículo Marca: Fiat; Clase: Automóvil; Modelo: Siena Tax.....