DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de
la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación
ejercida por la abogada Rosa Elena Romero Coronel, apoderada judicial de la parte
demandante ciudadana Olga Mercedes Salazar De Vera, mediante escrito presentado
en fecha 31 de agosto del 2021.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de celebrar la audiencia oral, de conformidad
a lo previsto en el artículo 875 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se anula la sentencia dictada el 24 de agosto del año en curso, así como
las actuaciones correspondiente a los folios doscientos cuarenta y ocho (248) al
doscientos setenta y ocho (278).
CUARTO: No se condena en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de
Procedimiento Civil.
Publíquese, en la página del Tribunal Supremo de Justicia, así como en la página
Coje.....