este Juzgado Superior de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
En relación al recurso de apelación ejercido por la abogada Rosa Elena Romero Coronel, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Milicen Madeline Pérez Pinto Se declara: Primero: Inadmisible el recurso de apelación ejercido en contra del auto de fecha 20 de octubre de dos mil quince (2015) dictado por el Tribunal Segundo de primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del estado Cojedes. Segundo: Sin Lugar, el recurso de apelación ejercido en contra de la decisión dictada por el Tribunal de la recurrida en fecha 22 de octubre de dos mil quince (2015), en el Cuaderno de Medidas signado con el Nº HH12-X-2015-000026.
En cuanto al recurso de apelación presentado por el Abogado Ramón Enrique Morean Villegas actuando en su ca.....