Por tales razones este Tribunal declara INADMISIBLE el recurso de apelación que contiene la diligencia suscrita en fecha 03 de diciembre de 2009, propuesta por el abogado HECTOR GAMEZ ARRIETA, apoderado de la parte solicitante, AGROPECUARIA LA FLORIDA C.A., contra el fallo dictado por este Tribunal en fecha 01 de diciembre de 2009, en virtud de constituir un mecanismo de impugnación inexistente para atacar las decisiones interlocutorias que declaran la incompetencia del juez que las dicta, toda vez que el único recurso capaz para ello es la Solicitud de Regulación de la Competencia de acuerdo a lo previsto en el artículo 69 de la norma procesal civil.
El Juez Provisorio,
Abg. Luis Ernesto Gómez Sáez
La Secretaria,
Abg. Hilda M. Castellanos Mireles
En esta misma fecha, siendo las 3:07 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
La Secre.....