IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RICAURTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, RESUELVE: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle a la ASOCIACION CIVIL IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL LUZ Y VIDA, RIF: J-317591950, ubicada en la Calle José Félix Rivas, Casa S/N, de la Parroquia El Amparo Municipio Ricaurte Estado Cojedes, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, representada por el ciudadano, JOSÉ GERARDO CASTAÑEDA, ven.....