En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del estado Cojedes, visto que la presente causa se encuentra en estado de
ejecución de sentencia, encontrándose en la fase de remate judicial, en virtud de los bienes embragados, como se evidencia del acta de fecha 27 de abril de 2006, la cual corre inserta al folio ciento cuarenta y dos (142) al folio ciento cuarenta y cuatro (144) de la presente causa y analizados los conceptos de indemnización y demás conceptos laborales, correspondientes al mencionado trabajador todos y cada uno de ellos explanados en los autos del presente expediente, acuerda homologar el acuerdo celebrado por las partes intervininetes en el presente juicio, según lo establecido en el Artículo 1.713 del Código Civil, la transacción es "Un Contrato mediante el cual las partes mediante reciprocas concesiones terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual"......