V.- DECISIÓN.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la presente demanda incoada por el ciudadano PERCY FEDERICO CHACÍN BRIÑEZ, actuando en su carácter de Vicepresidente de la Asociación de Ganaderos del estado Cojedes, asistido por la abogada FRANCESCA MORTILLARO AFFAQUI, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE COJEDES, todos suficientemente identificados en autos.-
SEGUNDO: ADMITE la presente demanda de RETARDO PERJUDICIAL incoada por el ciudadano PERCY FEDERICO CHACÍN BRIÑEZ, actuando en su carácter de Vicepresidente de la Asociación de Ganaderos del estado Cojedes, asistido por la abogado FRANCESCA MORTILLARO AFFAQUI, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZ.....