D E C I S I Ó N
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil,
Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado
Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara procedente Parcialmente la
aclaratoria solicitada, sobre el particular SEGUNDO de la sentencia dictada en
fecha 8 de marzo del 2024, quedando de la siguiente manera el "SEGUNDO:
así como sea practicada la prueba de experticia, consistente en "análisis
grafométrico.". Así se decide.
Publíquese, regístrese y cópiese. Remítase el expediente en su oportunidad al
Tribunal de la causa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San
Carlos a los catorce (14) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro
(2024). Años: 213 de la Independencia y 163º de la Federación.
Marvis María Nav.....