IV.- Decisión.-
Por los razonamientos legales y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara incompetente por la materia y el territorio para conocer de la presente Solicitud por Partición y Liquidación de Bienes Conyugales, peticionada por los ciudadanos Juvenal Jauregui Zapata y Saida Josefina Sarmiento, mediante su abogada asistente María Hortensia Torrealba, todos plenamente identificados en actas, por la que este juzgado Declina la competencia por la materia y el territorio al Juzgado de Tinaquillo municipio falcón del estado bolivariano de Cojedes, al cual corresponda su conocimiento debido a que el bienes objeto de partición se encuentran ubicados en el municipio Tinaquillo, en la oportunidad legal.....