CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana,EYILDA MARIBEL BITRIAGO URQUIOLA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.641.480,encontra del ciudadano;RICHARD ARNALDO HERRERA BORDONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.260.157y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el cinco (05) de mayo dedos mil diecisiete(2017), hasta la presente fecha.Segundo:Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6° y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la p.....