éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos MARCO ANTONIO PEDROZA APONTE Y MARIA TERESA GUZMÁN SALAMANCA, venezolano el primero de los nombrados y colombiana la segunda de ellos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.691.443 y E-81.607.154 respectivamente, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, catorce(14) de Febrero de 2.014, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.