IV.- Decisión.-
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho realizados anteriormente, este Juzgado
Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del
estado bolivariano de Cojedes, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara, Primero: Incompetente por la
materia para conocer de la presente demanda de Cobro de Bolívares por Intimación, interpuesta por el
abogado Juan Alberto Vivas Morales en representación de la Sociedad Mercantil Alimentos Derivados
Lacruz Ocanto C.A, contra la Sociedad Mercantil Mersan C.A, todos identificados en actas. Segundo: en
consecuencia, Declina el conocimiento de la misma al Juzgado de Primera Instancia Agrario de lacircunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, órgano al cual se ordena remitir las presentes
actuaciones en la oportunidad de Ley. Cúmplase lo ordenado.
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