IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos REINALDO ANTONIO MIRELES, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-10.322.143 y ARACELYS MIRANDA LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de la cedula de identidad Nº V-10.328.130, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día Veintisiete (27) de Julio del año mil novecientos Noventa (1990), contraído por ante el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora, Estado Coje.....