Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana Janeth del Carmen González Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.994.600, contra el ciudadano Oswaldo José Parada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.618.402, con fundamento en la causal 1 del Articulo 185 del Código Civil Venezolano. Y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Así se decide.
Segundo: Se ratifican los acuerdos homologados en relación a las instituciones familiares. Así se decide.