IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos, ANA MARBELLA AULAR, BLASMARY DEL CARMEN OCHOA AULAR y JHONNY JOSE OCHOA AULAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.531.436, V- 19.722.519 y Nº V-25.120.471 respectivamente, con domicilio en la Urbanización Bambucito, Calle 4, Casa Nº 09, San Carlos Municipio Ezequiel Zamora, estado Cojedes, en la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS con vocación hereditaria sobre el .....