decide. -III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR
EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se
declara: Primero: SE ANULAR la sentencia proferida por el Tribunal Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Segundo: se ordena REPONER la
causa al estado de aperturar el lapso probatorio de conformidad con lo
establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. Remítase
mediente oficio al tribunal de origen. líbrese. Así se decide. -
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de la
presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo
Civil, Mercantil, Bancari.....