En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo, con sede en San Carlos, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: NIEGA la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), en Sesión Nº 291/10, Punto de Cuenta N° 255, de fecha 06 de Enero de 2010, mediante el cual decidió el Inicio del Procedimiento de Rescate Autónomo y Acuerdo de Medida Cautelar de Aseguramiento sobre las tierras pertenecientes al predio denominado "Fundo San Joaquín", ubicado en el Asentamiento Campesino El Muertito, Sector El Muertito-Zapateral, Parroquia Libertad, Municipio Ricaurte del Estado Cojedes.