IV. Decisión.-
En consecuencia, con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara Sin lugar la cuestión previa alegada por la parte demandada ciudadana Alba Marina Vale Medina y referida a la litispendencia contemplada en el Ordinal 1° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, asistido por los abogados José Alfredo Ureña e Ysabel Estrella Masabe, en su escrito de fecha treinta (30) de mayo del año 2023 y en consecuencia se le advierte que una vez que quede este fallo definitivamente firme la causa continuara su curso. Así se declara.-
Se condena en costas a la parte demandada en virtud de haber esgrimido una defensa que no tuvo éxito, conf.....