Por todos los razonamientos de los hechos y del derecho anteriormente expuesto, este Juzgado del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, HOMOLOGA a sentencia el acto mediante el cual la ciudadana NICOMEDIA ANTONIA GUEVARA ESCALONA, ya identificada manifiesta el desistimiento de la solicitud de justificativo de perpetua memoria. En consecuencia la presente decisión adquiere el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoria con autoridad de cosa juzgada. Devuélvase el original de la partida de nacimiento y acta de defunción expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Cojedes y en su lugar déjese copia certificada de dichos documentos. Cúmplase.
Dictada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los trece .....