CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana,LAIRA DEL VALLE BRACAMONTE DE MONTOYAvenezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.971.476encontra del ciudadanoADELSO MELICIO MONTOYA SOLORZANO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.356.501y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el Primero (01) de Septiembre dedos mil quince(2015), hasta la presente fecha.Segundo:Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6° y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, inser.....