´-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Primero: Inadmisible la Impugnación contra unas documentales, formulada por la ciudadana María Luisa Bermúdez López, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.569.412, debidamente asistida por el abogado Evelio Timaure, inscrito en el IPSA bajo el N° 145.748, y la solicitud, efectuada por la ciudadana Bersi Torcates, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.935.533 debidamente asistida por el abogado Kleismer Castillo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 162.129, por resultar totalmente anticipada, en virtud de que aún no ha sido declarada procedente la medida cautelar peticionada y por ende no les ha nacido el derecho de Oponerse a la misma. Así se decide. Segundo: Exhorta a la ciudadana María Luisa Bermúdez López, venezolana, ma.....