´- IV-
DECISIÓN.
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE, la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por el ciudadano JEAN CARLOS JIMENEZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.014.708, en contra de los ciudadanos: GERARDO MANUEL ROSALES CRUCES y LIUBA DEL ROSARIO PIETERS NUÑEZ, venezolana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-15.297.440 y V-14.324.919, se ordena el archivo del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión. Y ASÍ SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Coje.....