IV.- Decisión.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario
de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y
ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
Primero: Con Lugar la presente demanda Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho (Concubinaria)
intentada por la ciudadanaa Elena Margarita González Montilla, titula de la cedula de identidad
Nº.V.4.214.843 en contra de los herederos del cujus Leone Martino Marcucci (+), tiutlar de la cedula de
identidad Nº, E. 300.083, ciudadanos Elena Josefina Martino González, Leonel Rafael Martino González,
Miguel Ángel Martino González y Heylenne Joselyn Martino González.-
Segundo: Se declara que existió una Unión Estable de Hecho entre los ciudadanos Elena Margarita
González Montilla y el ciudadano quien en vida se llamaba Leone Martino Marcucci (+) desde.....