Por las razones expuestas , este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
UNICO: Se Declara la Perención de la Instancia por falta de impulso procesal, y en Consecuencia se Extingue el Proceso. Así se decide .
Notifíquesele a las partes y al fiscal IV del Ministerio Público del Estado Cojedes.