Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA por la materia para conocer de la presente ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana KARLA CAROLINA TRAVIESO MENDOZA, en contra de los Herederos del ciudadano RICARDO JOSÉ VIEIRA OLIM(+), y en consecuencia, se PLANTEA un Conflicto Negativo de Competencia entre éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes y el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción judicial del estado Cojedes, ambos con sede en la ciudad de San Carlos.-
SEGUNDO: Acuerda SOLICITAR DE OFICIO LA R.....