Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares (Procedimiento por Intimación), interpusiera el Ciudadano VITOR SIMOES LARIAO en contra del ciudadano EDUARDO RAMON MIRELES QUINTERO. Así se declara. SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar la suma de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.25.000.000,00), monto que comprende el total de la suma demandada y acreditada en el instrumento (cheque) anexo al libelo de la demanda, prueba de la existencia de una obligación líquida y exigible. TERCERO: Se ordena la corrección monetaria o INDEXACIÓN de la cantidad anteriormente determinada en esta sentencia, y que corresponde pagar por la demandada a la parte actora. En este se.....