Por las razones y consideraciones precedentemente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda que por indemnización de daños morales incoaran los ciudadanos RAFAEL RUSSÍAN PINTO y MARÍA FERNANDA RUSSÍAN PINTO, mediante escrito presentado en fecha 13/08/2004, en contra de la Sociedad Mercantil CRISTALERÍA LAS COLINAS, C.A y de la empresa LA ORIENTAL DE SEGUROS, C.A, ambas suficientemente identificadas en autos. ASÍ SE DECIDE.
El presente fallo constituye la sentencia definitiva y completa del juicio, a la cual se refiere el artículo 877 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Ci.....