Por Consiguiente, a los fines de hacer más expedita y en aras garantizar el cumplimiento de la misma y del principio del Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes, contemplado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y de conformidad con los establecido en el artículo 518 ejusdem; este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Khaterine Isabel Sarmiento Mendoza, titular de la cédula de identidad Nº V-18.847.520 y Jesús Argenis Mendoza Herrera, titular de la cédula de identidad Nº V-17.890.168, en beneficio de los niños Dominic Jhoseph Mendoza Sarmiento y Susej Isabella Mendoza Sarmiento, de cuatro (04) y dos (02) años de edad. En virtud del presente acto de h.....