este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el acuerdo celebrado por los ciudadanos Deixis Noemí Castillo Cuevas y Rogelio Miguel Betancourt Mújica, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.994.175 y 12.367.962, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada, en consecuencia, se acuerda suspender la fase de ejecución decretada mediante auto de fecha 22 de enero de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 525 del Código Procedimiento Civil. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firm