este Tribunal procediendo conforme a lo previsto en el artículo 263 eiusdem, da por consumado dicho desistimiento, le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA el expresado desistimiento del procedimiento en los términos expresados por la parte actora en el acta que lo contiene, ordenándose proceder respecto del mismo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en razón de lo cual da por terminado el presente juicio y ordena el archivo de la solicitud de titulo supletorio. Asimismo expídase por Secretaría la devolución de los documentos originales de esta solicitud y déjese copia certificada en su lugar, comisionándose para la obtención de la copia a la funcionaria Abg. CINTHYA RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-18.503.719, Asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria de este Juzgado, firmará dicha certificación y cada uno de sus folios, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de procedimiento Civil.
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