Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Silene Del Carmen Aguilar Aular y Ángel Custodio Adames, titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.749.875 y V-9.538.871, respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio Maira Josefina Sequera González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 178.541; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Alcaldía del Municipio Autónomo Tinaco, actualmente Registro Civil del Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes, el 12 de noviembre de 1992.