VI.-
DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, intentada por la ciudadana WENDY SULAY MIRANDA MONTILLA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.733.236, representada por su Apoderada Judicial Rosaura Herrera De Uzcategui, Abogada en ejercicio, plenamente identificada en actas, en contra del ciudadano JOSE CONCEPCION ASCANIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.537.256
SEGUNDO: Reconocido el DOCUMENTO PRIVADO de Compra venta suscrito entre los ciudadanos WENDY SULAY MIRANDA MONTILLA, ve.....