es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la conciliación celebrada entre las partes ya identificadas en los siguientes términos: " los fines de semana Sábado y Domingo cada quince (15) días en un horario comprendido desde las nueve de la mañana (09:00 a.m) hasta las seis de la tardes (06:00 p.m.). el padre buscara a la residencia donde habitan los niños la entrega debe ser personalmente; En el mes de diciembre específicamente los días veinticuatro (24) y treinta y uno (31), en hora del día desde las nueve (09:00 a.m) de la mañana, hasta las seis (06:00 p.m.) de la tarde los niños lo pasaran con el padre; asimismo el padre le participará a la madre de los niños cuando el decida recrear a sus hijos; este Régimen de Visita comenzará a cumplirse a partir del domingo tres (03) de septiembre del presen.....