Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se realizan los siguientes pronunciamientos: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS VILLAVICENCIO en su carácter de Defensor Público Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de Julio de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión impugnada pues se encuentra ajustada a derecho, en lo que a este punto de impugnación se refiere, ya que esta Alzada, considera que no han variado las circunstancias que dieron origen de la detención judicial decretada por la recurrida.