Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando por comisión, en cumplimiento de la orden emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Embargado preventivamente, la cantidad de Veintinueve Mil Seiscientos Sesenta y Siete con Cincuenta y Tres Bolívares (Bs.29.667,53), de la cuenta corriente Nº 01340410164101028918, cuyo titular es el co-demandado, ciudadano Juan Bautista Baptista, titular de la cédula de identidad Nº V-9.004.791, y asimismo, se declara su desposesión jurídica. SEGUNDO: Acuerda las copias certificadas solicitadas por el abogado Francisco Rodríguez, y mantener la comisión en el archivo de este Tribunal, hasta que sea solicitada una nueva oportunidad para continuar con la práctica de la medida de embargo preventivo. TERCERO: A.....